lunes, 24 de noviembre de 2008

Calendario vacacional 2009 en prosegur

El pasado martes 11 de Noviembre de 2008 se reunieron la empresa y un representante (como mínimo) de cada una de las Secciones Sindicales presentes en el Comité de Empresa para la “ratificación urgente” del “Calendario Vacacional” dada la proximidad del inicio del año siguiente.
El cuadro es el siguiente:


Dicho calendario está compuesto por 16 módulos de dos quincenas cada uno. Una de las quincenas es obligatoriamente dentro del período de verano (entre Junio y Septiembre). Esta obligatoriedad aceptada por la empresa hace que absolutamente nadie reciba un “NO” en ello, pero también, para que se lleve a cabo habrán ciertos puntos a seguir por todo el mundo para que no sea un caos.

Este calendario mejora con respecto al anterior pues no hay que esperarse hasta cinco años para tener vacaciones en verano, pues siempre se tendrá una quincena dentro del período. La asignación del módulo a cada trabajador se establece por una bolsa de horas que se le ha asignado a cada Unidad Operativa, directamente proporcional al número de trabajadores que lleve, siendo entre la “Unidad Operativa”, los Coordinadores y los Jefes de Equipo los que asignen dichos módulos, basándose en lo siguiente:

· Vacaciones disfrutadas en 2008 para realizar una rotación natural.
· No basarse en la antigüedad pues todos somos iguales para la implantación del calendario.
· No se realizarán vacaciones cerradas por servicio que vayan en contra de los parámetros básicos del calendario.

Una vez asignados los módulos, todos los trabajadores sabrán que vacaciones tendrán hasta que se jubilen. Pero esto no es una imposición cerrada, pues se llevarán a cabo los siguientes términos:

1. Quedan partido el año vacacional en dos períodos: “Verano” y “resto del año”.
2. Se asignan módulos de dos quincenas, pero siempre los establecidos por el Comité de Empresa. No se pueden asignar otros módulos que no sean los antes indicados.
3. Cualquier trabajador puede intercambiar un módulo entero o solo una quincena con otro u otros trabajadores del servicio, previa comunicación al Jefe de Servicios en un plazo no inferior a un mes de antelación.
4. Cualquier trabajador podrá cambiarse su quincena de “verano” por una de “resto del año” o pedir los 31 días seguidos en “resto del año”, aunque no coincidiera con ninguna de su módulo, previa petición al Jefe de Servicios con dos meses de antelación como mínimo y autorizado por este.
5. Se hayan realizado los cambios que sean, para el año siguiente el módulo asignado para el trabajador es el siguiente natural que le tocaría en caso de no haber cambiado nada. Así ya se sabe lo que tocará.
6. Siendo viable el punto 5º, si alguien realiza sus vacaciones fuera del período “verano”, el resto del equipo tendrá otra quincena de “verano” para poder asignar. Significa que se pueden realizar infinidad de cambios, mientras no se trastoquen las bolsas de horas asignadas en cada mes para las vacaciones.

La implantación puede que afecte en parte negativamente a algunos servicios grandes, pues estos ya tienen la capacidad y el volumen de gente necesario para que se tengan vacaciones cuando se desea, pero el problema es que estos servicios son pocos comparado con los que no pueden realizarlo e igualmente, para que algunos disfrutaran las vacaciones enteras en verano otros se tenían que aguantar y currarlas enteras, por lo que así todo el mundo tiene de inicio una quincena de verano y, a partir de ahí, a negociar como siempre. Recordar que será una base, pero que todo ha de girar en torno a ella para que sea efectiva.

Para el año 2010 será más fácil y viable pues solo será seguir el camino y no crearlo, pero de todas formas solo se ha establecido para el 2009 por el momento.
Ya os tienen que llegar a los servicios las instrucciones y, aunque me gustaría que fuera de otra forma, en diferentes servicios están llegando instrucciones diferentes, por lo que si recibís circulares que no tengan nada que ver con lo que os hemos comentado o con el calendario marcado nos lo podéis indicar por los medios habituales de contacto, a la vez que para cualquier duda que os surja con este y otros temas.

Independientemente de esto, cuando se tenga que ratificar en reunión de comité, nuestra sección sindical exigirá que se incluya por escrito en dicho acuerdo que quienes puedan organizar sus turnos de vacaciones internamente en un servicio lo puedan hacer y que este cuadro sea un marco base en el que basarse cuando esto no sea posible. Si no es así, nuestra sección sindical no lo firmará, porque creemos que aunque garantice 15 días de vacaciones en periodo estival e incluya navidades y semana santa como novedades, no puede ser rígido e imposibilitar la potestad de organizarse entre los trabajadores para mejorarlo.